La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) resolvió que era inadmisible el recurso extraordinario federal presentado por el Procurador General Jorge García y dejó firme la absolución que dictó la Justicia entrerriana a Luis Erro, el ex intendente de Gualeguay acusado de haber gastado $ 100 de la Municipalidad para pagar la luz de un acto partidario, según la información a la que tuvo acceso APFDigital • La CSJN también declaró perdido el depósito de $ 100 mil que hizo el MPF para llegar a esta instancia judicial
La Corte apeló al conocido recurso del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que la faculta a decretar la inadmisibilidad de una causa sin más trámite y cerró la causa contra Erro, validando la absolución que le había dictado el Superior Tribunal de Justicia de la provincia.
En la misma resolución, declaró “perdido” el depósito de $ 100.000 que hizo García para llevar la causa por el gasto de $ 100 en luz en que habría incurrido Erro al usar un medidor ambulante de la Municipalidad para darle luz a un acto partidario del PJ gualeyo.
Las interpretaciones de lo ocurrido fueron disímiles.
La acusación fiscal sostuvo que el 17 de abril de 2009, Erro y Alfredo Dellagiustina, ex funcionario municipal, solicitaron el alta del servicio de energía eléctrica para un inmueble que era propiedad del padre del intendente y un mes después, el 18 de mayo, se realizó allí un acto del Frente para la Victoria para el cual utilizaron un medidor ambulante de la Municipalidad de Gualeguay. El medidor fue desconectado dos días después. El consumo energético de 101,99 pesos registrado en esos días fue abonado por la comuna.
Erro, por su parte, argumentó que mientras el medidor estuvo conectado se concretaron actividades para la creación del Consejo de la Mujer del municipio. Y que el local partidario se abrió luego del acto.
El ex mandatario fue condenado en octubre de 2016 por peculado de servicios a dos años de prisión condicional e inhabilitación para ejercer cargos públicos. La sentencia fue confirmada por Casación Penal un año más tarde pero luego el Superior Tribunal revocó el fallo en 2019.
Esto motivó la acción de García ante la Corte, que ahora cerró definitivamente el expediente. (APFDigital)