El Jurado de Enjuiciamiento emitirá durante la próxima semana su veredicto en el Jury que se le siguió a la Procuradora Adjunta Cecilia Goyeneche por mal desempeño de sus funciones · Desde que se inició el proceso, los distintos actores e interesados en el caso enredaron verdades, medias verdades y falsedades para construir un relato del proceso en sí y de los hechos bajo análisis • APFDigital realizó una reconstrucción de los ejes centrales para entender qué es lo ocurrió y ocurre en la causa
El vínculo
- El proceso contra Goyeneche NO es producto de las investigaciones sobre hechos de corrupción que lleva adelante el Ministerio Público Fiscal (MPF). A Goyeneche se la sometió a un Jury por supuesto mal desempeño de sus funciones como Procuradora Adjunta a cargo de las investigaciones sobre delitos contra la administración pública al no haberse excusado a tiempo en la causa “Contratos” debido a que mantenía una relación comercial y personal directa y a través de su esposo, Luis Sebastián Orlando Bertozzi, con el imputado Pedro Opromolla.
- En los hechos, se comprobó que Goyeneche participó de inversiones en conjunto con Opromolla en dos fideicomisos inmobiliarios que promovía su esposo como administrador. Este vínculo comenzó, al menos, en 2016. La Procuradora Adjunta le compró luego a Opromolla su 50% en el primer departamento. El segundo estaba alquilado al momento en que se inició la causa “Contratos” en septiembre del 2018 y ambos recibían una renta por el inmueble. Luego de que se dictara la inhibición general de bienes sobre los imputados, medida que alcanzó a Opromolla, Goyeneche cedió su parte a título gratuito a una sobrina, Maricel Goyeneche, quien afirmó bajo juramento ante el Jury que fue un “regalo” y que al día de hoy sigue percibiendo una parte de la renta de la finca.
- Días antes de que la causa “Contratos” quedara expuesta, Goyeneche y Orlando Bertozzi realizaron una certificación de ingresos con Opromolla con el fin de adquirir un vehículo de alta gama.
- Goyeneche y Orlando Bertozzi compartieron con Opromolla y su pareja distintas actividades recreativas que fueron más allá de los comerciales. Hay registros fotográficos que los muestran en vacaciones comunes.
- Orlando Bertozzi reconoció bajo juramento en las audiencias del Jury que Opromolla se hacía cargo, como contador, de distintas actividades impositivas y contables de los fideicomisos que él administraba.
- Integrantes del Ministerio Público Fiscal que testimoniaron ante el Jurado de Enjuiciamiento reconocieron que Goyeneche, antes de su salida de la causa, reconoció conocer a Opromolla, pero minimizó el vínculo diciendo que era apenas un conocido de su marido de la época de estudiantes.
- Pese a todos estos hechos, en una audiencia de diciembre de 2018 Goyeneche pronunció ante la jueza Carolina Castagno su ya famosa frase “Falso su Señoría. No tengo ninguna relación con el señor Opromolla”.
- A Opromolla NUNCA se le secuestró su teléfono celular, un elemento clave para conocer sus vinculaciones y los tipos de relaciones que mantenía con los demás implicados en la causa y para desnudar cuál era el trato que mantenía con el matrimonio Goyeneche / Orlando Bertozzi.
• Elementos
- El Jurado de Enjuiciamiento NO apartó a Goyeneche de la causa “Contratos”. Quien tomó esta decisión fue el Procurador General Jorge García el 30 de abril de 2019 luego de que se conociera el embargo sobre el inmueble en común que tenían Goyeneche y Opromolla. García actuó de esta manera ante un pedido de la propia fiscal Goyeneche.
- La denuncia contra Goyeneche, que incluyó en un primer momento al Procurador General García, NO fue promovida por el ex gobernador Sergio Urribarri, ni por el actual mandatario Gustavo Bordet ni tampoco por sus abogados. Fue radicada por dos letrados de la UCR, Rubén Pagliotto y Guillermo Mulet, autores de la mayoría de las presentaciones judiciales que terminaron en causas por corrupción en Entre Ríos. Pagliotto incluso fue abogado de la desaparecida Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA), órgano creado por la Legislatura en 2000 para promover acusaciones por delitos contra la administración pública. El escrito de Pagliotto – Mulet fue antecedido por otro del abogado Guillermo Reggiardo, autor de la demanda que motivó la salida de Carlos Chiara Díaz del Superior Tribunal de Justicia.
- Ni la apertura del Jury contra Goyeneche ni la suspensión en el cargo impidieron que prosiga el juicio contra Urribarri. Los fiscales Patricia Yedro; Juan Francisco Ramírez Montrull y Gonzalo Badano culminaron el proceso y pidieron una condena alta para los principales acusados. El juicio culminó con una condena de 8 años contra el ex gobernador y penas altas para sus ex funcionarios.
- Tampoco afectó la marcha de la causa “Contratos”. Los abogados denunciantes de Goyeneche hicieron la presentación cuando se había cerrado la investigación y el Ministerio Público Fiscal había reunido todas las pruebas que consideró oportunas para llevar a juicio a los imputados.
- La causa “Contratos” NO está frenada por el Jury a Goyeneche sino por un conflicto de competencia entre la Justicia Provincial y la Federal que está dirimiendo la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La jueza de Garantías Marina Barbagelata considera que se trató de una asociación ilícita y peculado por la detracción de fondos de la Legislatura mientras que el juez Federal Daniel Alonso entiende que esos fondos fueron a financiar actividad proselitista de los partidos político y, por tanto, se trata de una infracción a la ley electoral nacional.
- En la causa “Contratos” NO está imputado el ex gobernador Sergio Urribarri. Eso lo remarcó la propia Goyeneche en una entrevista con el diario La Nación.
• Otros datos
- Cuando la Corte Suprema resolvió el amparo presentado por Goyeneche contra la decisión del Jurado de Enjuiciamiento de correr de la acusación a quienes integran el MPF y convocar a un fiscal ad hoc NO le dio la razón a la Procuradora en ese punto ni adelantó opinión al respecto. Simplemente anuló el fallo del Superior Tribunal de Justicia que había negado el amparo por la existencia de otro procedimiento similar y paralelo iniciado por el Procurador García y le ordenó que emita un nuevo fallo analizando la petición de Goyeneche, asegurándole la garantía de todo individuo de tener su “día en la Corte”.
- El fallo del Superior Tribunal conocido el miércoles para dar respuesta al planteo de la Corte NO rechaza por “inadmisible” el amparo de Goyeneche como planteó la Procuradora en el pedido de Per Saltum interpuesto el viernes pasado ante el máximo tribunal. El fallo dice simplemente “rechaza”. Y remite a los fundamentos dados en el voto de mayoría por cuatro magistrados que intervinieron en la votación. Tres de ellos (Fabiola Bogado Ibarra, Emilio Matorras, y Gabriela López Arango) consideraron que no se puede recurrir una decisión de un Tribunal (en el caso, el Jurado de Enjuiciamiento) por vía del amparo. Pero el cuarto, Guillermo Federik, justificó porqué fue correcto el apartamiento del Ministerio Fiscal de su rol acusador, algo que Goyeneche obvió mencionar.
- Salvo Bernardo Salduna, que es integrante del Superior Tribunal, los demás jueces que votaron el amparo del miércoles pasado fueron seleccionados por el mecanismo de subrogación previsto en la legislación provincial. No fueron elegidos a dedo por nadie.
- Goyeneche NO es la Fiscal Anticorrupción de la Provincia. Ese cargo, según establece la Constitución provincial en su artículo 208, debe ser concursado ante el Consejo de la Magistratura. La actual procuradora adjunta lleva ese título por mera disposición administrativa del Procurador General Jorge García. La Procuradora, en su alegato de apertura del Jury, aseguró que el proyecto de ley en tratamiento ante la Legislatura provincial para regular ese instituto y seleccionar un Fiscal Anticorrupción acorde a la manda constitucional forma parte de un mecanismo que busca “garantizar impunidad” en Entre Ríos que compromete a las cámaras de Diputados y Senadores al Superior Tribunal de Justicia; al Poder Ejecutivo provincial; al Colegio de la Abogacía de Entre Ríos y a la prensa. (APFDigital)